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Ayuda en TESTAMENTARÍA, Aceptación de HERENCIA, Repudio de herencia o no aceptación de herencia

El acto de aceptación de herencia es imprescindible para que se produzca la adquisición de la herencia. Es decir, la herencia no pasa a los herederos hasta que realicen el acto de aceptación de herencia. Por ello, la adquisición de la herencia se produce mediante un acto de los herederos que consiste en la aceptación de la herencia. aceptación de herencia, aceptación de herencia, aceptación de herencia, aceptación de herencia, aceptación de herencia, aceptación de herencia, aceptación de herencia, aceptación de herencia.


En el momento que el heredero realice el acto de aceptación de herencia tendrá efectos desde la fecha de fallecimiento. Con esto se quiere decir que hasta que no se produzca el acto de aceptación de herencia los herederos no tendrán en su poder la herencia, pero también se quiere decir que la herencia que les corresponde no es la que se encuentra el día de aceptación de herencia, sino la herencia que había el día del fallecimiento. aceptación de herencia, aceptación de herencia, aceptación de herencia, aceptación de herencia, aceptación de herencia, aceptación de herencia, aceptación de herencia.


La aceptación de herencia es un acto que le corresponde realizar a los herederos en caso de que voluntaria y libremente deseen aceptar la herencia. La aceptación de la herencia es el acto contrario al repudio o no aceptación de la herencia. aceptación de herencia, aceptación de herencia, aceptación de herencia, aceptación de herencia, aceptación de herencia, aceptación de herencia, aceptación de herencia.


Se requiere dos condiciones para que tenga eficacia el acto de aceptación de herencia. Primeramente, debe haber muerto la persona propietaria de bienes y derechos y, en segundo lugar, la persona o personas que realizan el acto de aceptación de herencia deben ser herederos de la persona fallecida.


¿Qué se entiende por herencia?

La herencia contiene los bienes, derechos y obligaciones de una persona, que no se extingan por su muerte. El conjunto formado por todo ello recibe el nombre de caudal hereditario relicto, el cual está formado por los bienes y derechos de naturaleza patrimonial, ya sean derechos de crédito, derechos reales o expectativas de dichos derechos, relacionados con bienes muebles o inmuebles. Básicamente, la herencia está formado por el patrimonio que tiene una persona, descontando aquellos derechos personalísimos que se extienden con la muerte de una persona y que no tienen cabida en el acto de aceptación de herencia.


La herencia se transmite desde una persona que fallece, a otra persona o grupo de personas que ocupa el lugar dejado por el fallecido, siendo necesario que realicen el acto de aceptación de herencia


DECLARACIÓN DE HEREDEROS

La declaración de herederos es un acto necesario para determinar quienes son las personas que son llamadas a recibir la herencia del fallecido.


La declaración de herederos es necesaria en los casos que fallece una persona sin dejar testamento. En estos supuestos estaremos ante lo que se denomina sucesión intestada o sucesión abintestato.


Habrá diferentes casos para determinar quienes recibirán los bienes y derechos del difunto: los hijos, nietos y biznietos; los padres, abuelos, bisabuelos; el cónyuge; los hermanos y sobrinos; los tíos y primos; finalmente, el Estado.


¿Qué es la sucesión mortis causa?

Es un hecho que se produce por el fallecimiento de una persona. Cuando un persona fallece todas las relaciones jurídica que le pertenecen quedan sin propietario, se genera la dificultad de otorgar a un nuevo propietario o a varios de ellos la nueva titularidad. El nuevo titular se encontrará con bienes, derechos, deudas y obligaciones al aceptar situarse en la posición de la persona fallecida, mediante el acto de aceptación de herencia. Los bienes y los derechos formarán parte del haber de la masa hereditaria, mientras que las deudas y la obligaciones formarán parte del debe, estas últimas incluyen también los gastos generados por la muerte como son los producidos en el sepelio, incineración o funeral, los cuales estos últimos se descontarán del montante de la herencia en el acto de aceptación de herencia.

TESTAMENTARÍA

Hacer la testamentaría es resolver la herencia. Cuando fallece una persona sus herederos deben hacer una testamentaría que es enfrentarse a una partición hereditaria ordinaria. Se trata de la realización de una serie de trámites y gestiones con cierta complejidad e importantes que aconsejan sean realizadas por un abogado especializado para que todos los trámites queden perfectamente realizados o, al menos, sean realizados con el asesoramiento de un abogado.


Una de las gestiones o trámites iniciales que se realizan tienen que ver con la entidad bancaria en donde la persona fallecida tiene sus cuentas. Una vez que se pueda disponer de los fondos que la persona fallecida tenía, los herederos deberán justificar la adjudicación que le corresponde a cada uno de ellos.


El resto de las gestiones y tramitaciones tendrán que ver con las propiedades inmuebles y otros bienes, derechos, deudas y obligaciones que tenga contraído la persona fallecida.

Los herederos no suelen ser expertos en derecho de sucesiones y familia por lo que la realización de todos los trámites les puede ocasionar desasosiego, incertidumbre y preocupaciones, en un momento duro personalmente y en el que se encuentran sensibles por el fallecimiento de la persona querida, por lo que es habitual contratar abogados especializado para la tramitación de la testamentaría.


¿Qué es un Testamento?

Se llama testamento al acto que realiza una persona para que se disponga de sus bienes de una forma determinada después de su muerte. Hacer testamento significa reflejar la última voluntad de una persona sobre el porvenir de sus bienes.

Para realizarse un testamento es necesario la presencia del testador y de un Notario, o en defecto de este último la presencia de dos testigos, quienes acreditarán la libre voluntad del testador.


El testamento tiene las características de ser un acto revocable, solemne y personalísimo.


¿Qué es resolver la testamentaría después del fallecimiento de una persona?

Resolver la testamentaría es básicamente conseguir el conjunto de documentos que atañen a la ejecución o cumplimiento de la voluntad del testador, resolver las nuevas titularidades y abonar los impuestos que correspondan, teniendo siempre con punto inicial el acto de aceptación de herencia.


El fallecimiento de un familiar es un hecho doloroso para las personas. A este momento de dolor, se une la dificultad que comporta la tramitación de toda la documentación necesaria para que sus herederos puedan hacerse con la titularidad de los bienes del fallecido. La testamentaria implica hacer frente a un elenco diverso de trámites que deben ser realizados: particiones notariales o judiciales del caudal hereditario, pago de los derechos sucesorios, administración de bienes, acciones y ahorros....


La tramitación de la herencia en la entidades bancarias suele ser una gestión sustancial debido a que fundamentalmente las personas fallecidas tienen su caudal relicto en las mismas, si bien cualquier toma de posesión de la titularidad de la herencia pasa por el acto de aceptación de herencia.



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